Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a adultos mayores

Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a adultos mayores

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales adultas mayores (al cumplir los 65 años de edad), solicitar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), para lo cual debe especificar en su solicitud los valores pagados por sus compras de bienes y servicios de primera necesidad adquiridos para uso o consumo personal, la solicitud y requisitos correspondientes puede presentarlos en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

El monto máximo mensual a devolver son los siguientes:

A partir de enero de 2020 el monto máximo mensual de devolución del IVA corresponde a USD 96

Beneficio tributario mensual del IVA para periodos anteriores Beneficio tributario mensual del ICE para periodos anteriores
  • Año 2015: USD 212,40
  • Año 2016:
  • De enero a abril USD 219,60
  • Mayo USD 87,84
  • De junio a diciembre USD 102,48
  • Año 2017:
  • De enero a mayo USD 105
  • De junio a diciembre USD 90
  • Año 2018: USD 92,64
  • Año 2019: USD 94,56
  • Año 2015: USD 265,50
  • Año 2016:
  • De enero a abril USD 274,50
  • A partir de mayo no aplica devolución.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas adultas mayores (que tengan 65 años de edad) que desean solicitar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado por sus compras de bienes y servicios de primera necesidad adquiridos para uso y consumo personal con facturas autorizadas.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Devolución otorgada

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Listado de los comprobantes de venta
  • Solicitud de devolución a adultos mayores

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación)

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

Requisitos Especiales:

En caso de que la solicitud la presente una tercera persona:

  • Llenar la autorización que consta en el reverso de la solicitud o completar la autorización en línea
  • Presentación de la cédula de identidad de la persona beneficiaria
  • Presentación de la cédula de identidad y certificado de votación de la persona que ingresa la solicitud

 En caso de que la solicitud sea firmada por un tercero:

  • Copia del poder general o especial que le faculte a la tercera persona a actuar en nombre del beneficiario

 En caso de que la solicitud sea presentada por una persona   de nacionalidad extranjera no naturalizada:

  • Si solicita la devolución de un período anterior a la expedición de su cédula de identidad, presentar la copia del documento que acredite la fecha de su inscripción en el Registro de Extranjeros del Departamento Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Llenar la solicitud de devolución y el listado de comprobantes de venta válidos.
2. Ingresar la solicitud a través de cualquiera de las ventanillas de las oficinas del Servicio de Rentas Internas a nivel nacional o por los canales electrónicos dispuestos para el efecto, adjuntando los requisitos establecidos para el trámite.
3. La solicitud es validada por el SRI previo al registro de los datos personales, cuenta bancaria y liquidación.
4. El SRI emite una resolución con los valores reconocidos, la cual se notifica al contribuyente en un plazo máximo de 60 días hábiles.
5. Comprobar la acreditación en la cuenta bancaria.

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingresar a www.sri.gob.ec y escoger la opción Devoluciones/IVA Adultos Mayores/Devolución por Internet
2. Llenar y subir el "Listado de comprobantes para solicitudes por internet" en el menú "Facturas Físicas"
3. Ingresar al menú "Facturas Electrónicas" y seleccionar las facturas del año y periodo a solicitar la devolución
4. Enviar la solicitud una vez finalizada la carga de facturas físicas y electrónicas en el menú "Envío de solicitud"
5. Verificar en el lapso de 24 horas de enviada la solicitud, el número de trámite generado en el menú Notificaciones Electrónicas / Buzón del Contribuyente
6. El SRI emite una resolución con los valores reconocidos, la cual se notifica al contribuyente en un plazo máximo de 60 días hábiles
7. Comprobar la acreditación en la cuenta bancaria


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Email: seguimientotramitesplataforma@sri.gob.ec

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Requerimientos Atenciones Quejas Denuncias
1 2026-01 555555555 66666 0 77777
2 2026-02 181 281 381 481
3 2026-06 171 271 371 471
4 2026-07 181 281 381 481
5 2026-10 171 271 371 471
6 2025-01 181 281 381 481
7 2025-02 181 281 381 481
8 2024-01 205476 2
9 2024-02 175560 2
10 2024-03 295181 4
11 2024-04 347792 2
12 2024-05 336572 6
13 2024-06 319747 31
14 2024-07 410883 2
15 2024-08 339134 3
16 2024-09 412586 1
17 2024-10 330280 3
18 2024-11 20394 5
19 2024-12 65756 20
20 2023-01 355149 50
21 2023-02 349415 18
22 2023-03 379575 28
23 2023-04 379027 25
24 2023-05 373857 7
25 2023-06 464019 35
26 2023-07 477617 20
27 2023-08 292914 5
28 2023-09 452831 1
29 2023-10 268089 7
30 2023-11 209652 6
31 2023-12 342141 3
32 2022-01 109201 19
33 2022-02 49429 27
34 2022-03 169895 30
35 2022-04 187131 25
36 2022-05 153191 34
37 2022-06 155760 22
38 2022-07 169307 18
39 2022-08 175988 17
40 2022-09 53125 0
41 2022-10 143745 117
42 2022-11 425749 118
43 2022-12 247272 39
44 2021-01 126945 16
45 2021-02 20722 16
46 2021-03 113030 7
47 2021-04 109810 26
48 2021-05 100831 18
49 2021-06 115955 11
50 2021-07 129623 3
51 2021-08 130646 31
52 2021-09 132574 13
53 2021-10 136443 19
54 2021-11 142031 17
55 2021-12 120343 10
56 2020-01 81348 24
57 2020-02 102451 13
58 2020-03 80198 7
59 2020-04 44546 17
60 2020-05 54048 27
61 2020-06 72098 55
62 2020-07 100698 48
63 2020-08 88989 30
64 2020-09 91366 30
65 2020-10 118755 18
66 2020-11 113193 19
67 2020-12 108019 10
68 2019-01 112573 14
69 2019-02 103570 11
70 2019-03 95749 8
71 2019-04 131987 14
72 2019-05 122407 12
73 2019-06 96674 28
74 2019-07 99490 20
75 2019-08 95221 0
76 2019-09 95221 0
77 2019-10 97590 0
78 2019-11 104351 10
79 2019-12 103020 11
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/12/12

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