Autorización para ausentarse de territorio ecuatoriano para Refugiados/as

Consiste en la autorización que emite la autoridad de movilidad humana para que  las personas que fueron admitidos a trámites y quienes ostentan la condición de refugiado puedan ausentarse del territorio ecuatoriano con el fin de dirigirse a su país de origen, al país donde residía o a terceros países.  Dicha autorización establecerá el tiempo máximo permitido de ausencia.  El trámite se realiza a través de las Direcciones Zonales.

¿A quién está dirigido?

Son beneficiarios de este trámite las personas naturales y/o extranjeras que fueron admitidos a trámites y quienes ostentan la condición de refugiado, puedan ausentarse del territorio ecuatoriano con el fin de dirigirse a su país de origen.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización para ausentarse de territorio ecuatoriano

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Contar con un e-mail personal.

¿Cómo hago el trámite?

El trámite se realiza en línea:

  1. Ir a TRÁMITE EN LÍNEA de esta página
  2. Llenar el formulario con los campos solicitados.

La Dirección se comunicará con ustedes de acuerdo a su requerimiento por correo electrónico.

 

Nota a considerar para su registro en el formulario en línea:

Al iniciar su TRÁMITE EN LÍNEA, el formulario le solicitará agregar el Tipo de Identificación; si usted va a registrarse con su número de cédula, el valor ingresado debe tener 10 caracteres.  En caso de que su identificación no contenga los 10 caracteres necesarios, deberá incluir la cantidad de 0 (ceros) a la izquierda del número hasta completarlos. 

Ejemplo: Si el número de su cédula es 381799, usted deberá registrar 0000381799.

 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Ecuador -  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Tiempo de vigencia establecido por la autoridad competente

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Protección Internacional

Email: dpin@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 2993200 ext 12541-12542

# Año-Mes Requerimientos Atenciones Quejas Denuncias
1 2024-01 38 0
2 2024-02 28 0
3 2024-03 22 0
4 2024-04 8 0
5 2024-05 17 0
6 2024-06 19 0
7 2024-07 23 0
8 2023-01 5 0
9 2023-02 5 0
10 2023-03 32 0
11 2023-04 10 0
12 2023-05 24 0
13 2023-06 14 0
14 2023-07 6 0
15 2023-08 32 0
16 2023-09 26 0
17 2023-10 36 0
18 2023-11 12 0
19 2023-12 29 0
20 2022-01 49 0
21 2022-02 11 0
22 2022-03 15 0
23 2022-04 16 0
24 2022-05 26 0
25 2022-06 7 0
26 2022-07 31 0
27 2022-08 26 0
28 2022-09 25 0
29 2022-10 21 0
30 2022-11 251 0
31 2022-12 28 0
32 2021-01 9 0
33 2021-02 3 0
34 2021-03 8 0
35 2021-04 7 0
36 2021-05 16 0
37 2021-06 16 0
38 2021-07 30 0
39 2021-08 77 0
40 2021-09 13 0
41 2021-10 14 0
42 2021-11 41 0
43 2021-12 40 0
44 2020-01 11 0
45 2020-02 19 0
46 2020-03 22 0
47 2020-04 0 0
48 2020-05 0 0
49 2020-06 0 0
50 2020-07 16 0
51 2020-08 3 0
52 2020-09 7 0
53 2020-11 3 0
54 2020-12 5 0
55 2019-01 6 0
56 2019-02 5 0
57 2019-03 0 0
58 2019-04 1 0
59 2019-05 0 0
60 2019-06 7 0
61 2019-07 1 0
62 2019-08 5 0
63 2019-09 4 0
64 2019-10 10 0
65 2019-11 10 0
66 2019-12 0 0
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Fecha de última actualización: 2024/08/22

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